Ley del Seguro Social 1997

La Ley del Seguro Social 1997 aplica a los trabajadores que comenzaron a cotizar en el IMSS a partir del 1 de julio de 1997 y establece que la pensión se calcula con base en el ahorro acumulado en la Afore.

Pensión por Regímenes

Actualmente, existen dos leyes bajo las cuales cada trabajador puede pensionarse: la Ley del Seguro Social 1997 o la del 73. Entre ambas leyes existen diferencias que consisten más allá de la cantidad de semanas cotizadas, incluyen; el tipo de pensión, tus derechos y beneficios. Siendo los requisitos distintos para cada uno.

Te presentamos información que debes saber acerca del régimen al que perteneces y te familiarices con el esquema de pensión que te corresponde.

Ley del Seguro Social 1997

La ley del seguro social 1997 o más conocida como Ley 97, es la modalidad que aplica si comenzaste a cotizar a partir del 1° de julio de 1997.

Diferencias clave: Ley 73 vs. Ley 97

La principal distinción radica en quién administra y paga la pensión. En la Ley 73, el Gobierno Federal gestionaba los recursos; en la Ley del Seguro Social 1997, tu ahorro es administrado exclusivamente por tu Afore.

Asimismo, los requisitos de semanas cotizadas varían significativamente: mientras que para la Ley 73 se requieren 500 semanas, para la Ley 97 el mínimo para este año es de 875 semanas, cifra que se incrementará anualmente hasta llegar a 1,000 semanas en el año 2031, conforme a la reforma a la Ley del Seguro Social.

¿Qué beneficios adicionales ofrece la Ley del Seguro Social de 1997 a los trabajadores?

Los trabajadores de la Ley del Seguro Social de 1997 podrán pensionarse con menos semanas cotizadas, además, se reciben mayores aportaciones por parte del patrón a la cuenta de Afore del empleado. También, se incrementa el monto de la pensión para tener un futuro seguro. 

¿Qué necesito para retirarme por la ley del Seguro Social 1997?

Para realizar tu proceso de retiro sin complicaciones, debes cumplir con los siguientes requisitos dictados por la ley del Seguro Social 1997 y tener completa la documentación correspondiente:

Requisitos para pensionarte

  • Requieres mínimo 875 semanas de cotización.
  • Tener 60 a 64 años en caso de Pensión por Cesantía.
  • Tener 65 años en caso de Pensión por Vejez.
  • Tener tu Expediente de Identificación actualizado.

Documentos requeridos para solicitar tu pensión

  • Identificación oficial.
  • Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora.
  • Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
  • Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS.

¿Cuáles son las modalidades por las que te puedes pensionar por la ley del Seguro Social 1997 y cuánto puedo retirar de mi Afore si pertenezco a la ley 97?

Bajo el régimen de pensión de la ley del Seguro Social 1997 existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar, también es importante recordar que se pueden realizar retiros totales o parciales de tu Afore:

  1. Renta Vitalicia: es una pensión de por vida con una Aseguradora. El monto se actualiza con la inflación y requiere la compra de un Seguro de Sobrevivencia para tus beneficiarios.
  2. Retiro Programado: se contrata directamente con la Afore. Recibes la pensión hasta que se agoten los recursos de tu cuenta. El monto depende de tus rendimientos y esperanza de vida y, además, puedes incrementar tus recursos a través del Ahorro Voluntario.
  3. Pensión Garantizada: es para quienes cumplen con la edad y semanas, pero su ahorro no alcanza para las opciones anteriores. El Gobierno Federal otorga un monto base que se actualiza anualmente.

En cualquiera de estas modalidades, los recursos correspondientes a SAR 92-97 e Infonavit 92 (si no tuviste crédito) se entregan en efectivo en una sola exhibición al momento de pensionarte.

¿Qué pasa si no cumplo los requisitos para pensionarme por la ley del Seguro Social 1997?

En el caso de no contar con las semanas cotizadas requeridas para pensionarte por la ley del Seguro Social 1997, el IMSS te otorgará una negativa de pensión con la que podrás solicitar a tu Afore el total de tu ahorro en tu cuenta individual, solo necesitas:

  • Tener 60 años cumplidos.
  • Tener actualizado tu Expediente de Identificación.

¿Qué pasa con los trabajadores que cotizaron antes de la entrada en vigor de la Ley del Seguro Social de 1997?

En México, cualquier trabajador que haya cotizado en el IMSS antes de que entrara en vigor la Ley del Seguro Social de 1997 podrán pensionarse con la Ley 73.

Capi tu asesor de Afore

¡Estamos contigo!

En InverCap, pensamos en ti y en tu patrimonio, por lo que te asesoramos en cada paso y te brindamos el servicio que mereces. Acércate a cualquiera de nuestras sucursales o a través de nuestro chat en línea para resolver cualquier duda que tengas.

Preguntas frecuentes

¿Cómo saber si pertenezco a la Ley 97?

Perteneces a la Ley del Seguro Social 1997 (Ley 97) si comenzaste a cotizar ante el IMSS a partir del 1 de julio de 1997. Si empezaste a cotizar antes de esa fecha, perteneces al régimen de la Ley 73, aunque hayas seguido cotizando después.

¿Cuántas semanas necesito para pensionarme?

Para pensionarte bajo la Ley 97, necesitas mínimo 875 semanas de cotización, además de cumplir con la edad requerida:

  • 60 a 64 años para pensión por cesantía en edad avanzada
  • 65 años o más para pensión por vejez
¿Mi pensión depende de mi Afore?

Sí. En la Ley 97, el monto de tu pensión depende directamente del ahorro acumulado en tu Cuenta Individual de Afore, el cual se forma con tus aportaciones, las de tu patrón, las del gobierno y los rendimientos generados por la inversión de esos recursos.

¿Puedo retirar todo mi dinero si no me pensiono?

Sí. Si no cumples con los requisitos para pensionarte bajo la Ley 97, el IMSS te emitirá una negativa de pensión, con la cual podrás solicitar a tu Afore la entrega total de los recursos acumulados en tu Cuenta Individual, siempre que tengas 60 años o más y tu expediente esté actualizado.

¿Qué modalidad de pensión me conviene?

La modalidad de pensión que más te conviene depende de tu situación personal, como el saldo acumulado en tu Afore, tus necesidades económicas y si deseas dejar pensión a tus beneficiarios.

  • Renta Vitalicia ofrece una pensión de por vida garantizada por una aseguradora.
  • Retiro Programado permite administrar tu pensión a través de la Afore hasta que se agoten los recursos.
  • Pensión Garantizada aplica cuando tu ahorro no es suficiente y el Gobierno Federal complementa el ingreso mínimo establecido por ley.

También te puede interesar

ahorra con tu Afore

¿Cómo ahorrar en InverCap?

calcula tu pensión con InverCap

Calculadora para el ahorro y el retiro

Sucursales InverCap Afore

Sucursales y módulos de atención

Noticias financieras y sobre tu Afore

Noticias Financieras

Scroll al inicio
Abrir chat
Empieza a conversar con uno de nuestros especialistas en retiro para resolver tus dudas sobre los servicios de InverCap.