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Trámite de Retiro por Desempleo

 
¿Qué es?
Podrás solicitarlo una vez cumplidos 46 días naturales a partir de haber quedado desempleado. Tienes derecho a retirar el equivalente a 30 días de tu salario base de cotización, máximo 10 salarios, o bien, a lo que resulte menor entre 90 días de tu salario base de cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5% del saldo de tu subcuenta de retiro, cesantía y vejez. *

*Los trabajadores que tengan entre tres y cinco años de antigüedad en su cuenta, deberán haber cotizado al menos 12 bimestres. Reformas al Art. 191 de la Ley del IMSS. Mayo 2009.
 
 


¿Qué debo hacer?

 
1. Solicita en la subdelegación del seguro social un certificado de baja de trabajador desempleado.

2. Acude a InverCap Afore para firmar la "solicitud de Transferencia o Disposición de recursos".

3. En un plazo no mayor a 5 días hábiles comunícate a InverCap Afore al 01800.522.2367, y recibe tu orden de pago.

4. Acude a cualquier Banco Santander para cobrar tu orden de pago.
 
 

Documentos solicitados
 

1. Identificación oficial.
2. Estado de cuenta reciente de Afore.
3. Certificado de baja de trabajador desempleado.
4. Comprobante de domicilio reciente no mayor a tres meses de antigüedad.

Nota: Documentos originales y copia.



 

 

 




 
 


 

CON LA NUEVA LEY, AHORA PODRÁS RETIRAR MUCHO MÁS POR DESEMPLEO DE TU CUENTA INDIVIDUAL.

¿De qué cuenta provendrán estos recursos?
De la Subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).

¿Quién puede retirar?
Todos los trabajadores que su cuenta individual tenga al menos tres años de haber sido abierta.*

¿Cuánto puedo retirar?
Todos los trabajadores con derecho a retiro podrán disponer de al menos 30 días de su Salario Base de Cotización.
Los trabajadores con más de cinco años con su cuenta individual, en algunos casos, tendrán derecho a retiros por cantidades mayores, de acuerdo a lo establecido en la Ley.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Contar con una Certificación de Baja del Trabajador Desempleado (se otorga a partir del día 46 de desempleo).

¿Cómo se tramita la Certificación de Baja del Trabajador Desempleado?
Debes acudir a la Subdelegación Administrativa del IMSS que te corresponde y solicitar la Certificación de Baja del Trabajador Desempleado.
Una vez que cuentes con la Certificación de Baja deberás acudir a tu Afore a solicitar tus recursos. Afore InverCap te entregará la cantidad que te corresponde en un máximo de cinco días hábiles** en pago directo o abono a tu propia cuenta***.

¿Cada cuánto puedo acceder a este beneficio?
Cada cinco años.

¿Se me descuentan semanas de cotización?
Sí, la Ley del Seguro Social prevé que se haga un descuento de semanas de cotización al retiro. No obstante, con las modificaciones a la Ley todos los trabajadores podrán recuperarlas en el futuro realizando aportaciones totales o parciales a la Subcuenta de RCV directamente Afore InverCap. Los trabajadores que hayan ejercido el retiro parcial por desempleo a partir del 1º de octubre de 2008, podrán solicitar la diferencia entre la cantidad recibida y la que tengan derecho con el aumento que implicó la reforma.

*Los trabajadores que tengan entre tres y cinco años de antigüedad en su cuenta, deberán haber cotizado al menos 12 bimestres.
**Una vez que Afore InverCap haya validado tu solicitud.
*** Indispensable contar con cuenta CLABE.

 
 
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